Interesante iniciativa de los Graduados Sociales madrileños quienes van a resolver las dudas de los ciudadanos en temas laborales y de Seguridad Social. En palabras de la Presidenta de su Colegio, María Antonia Cruz, “ahora más que nunca era necesario dar este servicio a la sociedad: hay muchas, muchísimas personas que necesitan consejo y asesoramiento, y no pueden darse el lujo de pagar”.

Por ahora son más de 70 los graduados sociales inscritos en esta iniciativa, quienes empeñaran su tiempo y experiencia a favor de los demás sin ganar nada a cambio. “Es el momento de devolver a la sociedad lo que nos ha aportado, al menos en parte”.
La forma de proceder es simple, la cita previa. Los interesados podrán llamar por teléfono al 91 523 08 88 o personarse en Calle Alcalá 35 y personalmente les darán ayuda que les oriente en su litigio con total garantía. Cualquier cuestión sobre contratos, despidos, expedientes de regulación de empleo,… será amablemente contestada por profesionales avalados por la propia administración madrileña, que puede conseguir en un futuro un espacio en los Juzgados de Madrid para continuar con esta labor altruista.



Hola buenos días¡ Estoy trabajando en una empresa de retail desde febrero, hasta ahora me habían retenido el 2% ya que yo envíe el modelo 145 ( tengo un hijo de menos de 25 años y una hipoteca). Ayer nos llegó un mail diciendo que por el RD-Ley 9/2015 el tipo de retención aplicable es del 15,25%….. como puede ser que me haya subido tanto? Yo cobro al mes 1300€ brutos. Mi compañera que no tiene hijos le aplican la misma retención…… es así? Muchas gracias de antemano
Buenas, el día 3 de septiembre me pedí una excedencia voluntaria en una escuela infantil y hace poco me ha salido una oferta de trabajo para varios meses de apoyo en una guardería…mi pregunta es cuando finalice este contrato podría reactivar el paro que tengo concedido? Es que me han comentado que si ese paro que tengo concedido me lo generó la empresa donde me pedí la excedencia no podría solicitarlo y no lo entiendo porque conozco casos similares y no han tenido ningún problema.
Hola buenas. Trabajo en una mensajería nacional importante en donde solo trabajo 6 horas de 8-14h recibiendo un salario algo escaso, también no cotizo las 6 horas con lo cual quisiera saber cual seria mi salario correcto si trabajara las 8h correspondientes. Aparte tenemos que trabajar 1 sábado cada cierto tiempo (dependiendo los mensajeros que seamos) y no se si también deberíamos cobrar ese día. Nunca se trabaja 8h diarias, siempre son entre 1-3 horas mas. Necesitaba ayuda por si tengo que ir en contra de la empresa.
Gracias
Buenas noches trabajo en una empresa de servicios de mantenimientos integrales, en el departamento de servicio técnico. Desde la semana pasada nos están haciendo fichar en unos dispositivos denominados tag, en los cuales nos hacen estar según ellos a la 8.15 hora de entrada según calendario laboral, en cualquier instalación de Madrid Comunidad. Es decir…nos trasladamos con unas furgonetas de renting de la empresa desde nuestros domicilios cada dia a un cliente o varios clientes al dia. Creo saber de una sentencia, la cual dice que los desplazamientos del primer y ultimo cliente deben contar como tiempo de trabajo….mi horario laboral es de 8.15 a 13.20 y de 15 a 18h….siendo la entrada en la 1a instalación a las 8.15 y la ultima de salida instalación a las 13.20 fichamos y nos vamos a comer donde podamos, pero siempre estando a las 15 en la siguiente instalación hasta las 18h que debemos fichar la salida en la instalación para irnos a nuestros domicilios correspondientes….somos una gran empresa multinacional, y en reiterada ocaiones lo he solicitado por escrito dado a que nunca me dicen por escrito las horas de entrada y salida …ni las normas para estar en diferentes puntos de la comunidad…. No sabemos nunca como va a estar el trafico…se nos niega la oportunidad de ir en otro medio de locomoción dado a que tenemos que ir con la furgonetas ya que nuestra herramientas se encuentran en ella. Muchos días nos he incapaz de irnos a casa a comer, y para el pago de medias dietas debemos estar mas de 4h en una instalación fuera de Madrid Capital. Si pudiesen ayudarme o aclarame las ideas se lo agradeceria.. ya hemos pasado informe al comite de empresa… pero mientras tanto estoy saliendo a las 7 de la mañana y muchos dias no vuelvo hasta las 19 a casa
Hola mi consulta es sobre la nómina, mi salario bruto es de 1000€ de los cuales me retienen 3% Y me deducen 64€ de aportaciones. Me encuentro de baja por contingencias comunes. Y mi salario se a visto reducido notablemente, ya que la me aparece 8 dias enf.60%el
Y en el apartado deducciones nos las mismas para el salario base de 1000 como para el salario base de 555,81€. El apartado de la prórroga de la nómina también a varíado sustancialmente de 122,40€ a 77,52 ¿¿es todo esto correcto??
Buenas tardes,
En Enero tengo la posibilidad de renovar el PCI Prestación canaria de insercion, pero también en Febrero me vence el año en Blanco del RAI.
¿que me aconsejan de hacer?
Buenas tardes,
Queria saber si me afectará la subida del Salario Minimo Interprofesional aprobada por el Gobierno.
Les indico los conceptos de mi nómina que tengo porroteada en 12 pagas
S. Base……………….721,80
Plus Convenio……….50,56
A Cta. Convenio…….15,11
P.P. Pagas Extras…152,79
Antiguedad…………..144,36
Total……………….. 1.084,62
Contingencias Comunes… -50.98
Cot.Formación Profesional. -1,08
Cot. Desempleo……………… -16,81
IRPF……………………………… -108,46
Total Descuentos……….. -177,33
Líquido a Percibir……….. 907,29
Tengo dudas sobre si el importe de Salario Mínimo es Bruto o el importe líquido que recibo.
Muchas gracias,
Hola buenas tardes ,yo trabajo en una empresa el sábado me puse malo y el domingo necesitaba recuperar pero la empresa me dice que tengo 72 horas para presentar la baja y resulta que mañana día 7 es festivo y mi médico no trabaja y me dan cita para el día 8 por la tarde cuando estoy trabajando.¿que puedo hacer?
Me gustaría saber si dan charlas informativas sobre Derecho laboral para un equipo técnico de una ONG. Gracias!
Buenos días;
Llevo 15 días trabajando para una empresa que me ha suministrado un curso de formación en el extranjero por valor de 5000 euros.
Me hicieron saber la cuantía del importe hace solo un par de días y me mandaron un contrato de permanencia con la empresa de un año para firmar, con lo que ahora ando en dudas para firmarlo.
Por otra parte la forma de trabajo de la empresa es la siguiente ; Seis semanas de trabajo en el extranjero y 2 de descanso ( vacaciones ) en ciclos de 6 y 2 . Durante las dos semanas de descanso la empresa me da de baja mi contrato ( me dan finiquito ), y me hacen una nueva contratación para otras seis semanas. Así durante aproximadamente un año , hasta fin de proyecto u obra.
Mi pregunta es la siguiente;
¿ Si firmo ahora el pacto de permanencia , seguiría en vigor con la extinción de mi contrato . Es decir , si me dan de baja después de las seis semanas mi contrato de permanencia se anularía o sigue en vigor por el periodo de un año ?
Muchas gracias , agradecería una respuesta rápida
Salario mínimo interprofesional 2019
Buenas tardes, tengo dudas en relación a si me corresponde algún tipo de subida o no.
Salario base.
El salario base del personal adscrito al presente Convenio Colectivo es el que se determina para cada nivel y categoría en el anexo correspondiente.
Plus de actividad.
Este complemento salarial es de índole funcional y su percepción depende de un rendimiento normal y correcto dentro de las características del puesto de trabajo asignado. Su abono se efectuará por día efectivamente trabajado y su importe será el que señala para categoría y actividad en la tabla salarial anexa.
Plus de transporte.
El personal comprendido en el presente Convenio percibirá por día efectivamente trabajado, una cantidad en concepto de Plus de transporte, que figura en la Tabla Salarial anexa.
Plus de especialización.
El personal con la función o especialidad profesional de peón comprendido en el presente Convenio, que realice entre sus funciones la conducción de vehículos de hasta 3.500 Kg., percibirá por día efectivamente trabajado, una cantidad en concepto de Plus de especialización, que figura en la Tabla Salarial anexa.
Salario Base: 25,14 * 335
Plus Transporte: 4,57 * 272
Plus Actividad: 2,57 * 272
Plus Especialización: 1,27 * 272
Vacaciones: 752,86
Pagas Extra: 754,25*2
Paga Beneficiios: 94,66
Anual Total: 12747,74
Los 3 pluses no se pagan en vacaciones y se pagan por día efectivamente trabajado. ¿Se consideran complementos salariales o extrasalariales? ¿Tendría derecho a algún tipo de subida?
Un saludo,
Buenas tardes,
Mi consulta es la siguiente:
LLevo dos años (2017 y 2018) trabajando para la misma empresa en la campaña de verano (de mayo a octubre) con sendos contratos temporales con fechas de inicio y fin.
Este verano de 2019 he llamado para preguntar cuál es mi situación ya que supuestamente propusieron a la empresa pasarme a fijo/discontínuo para esta temporada pero me están “dando largas” porque supuestamente no es política de empresa hacer fijos/discontínuos… Contratan dos años, paras uno y te vuelven a contratar otros dos y así hasta el infinito.
Mi pregunta es si esto es legal, si la empresa está obligada a pasarte directamente a fijo/discontínuo a la tercera contratación o mejor dicho si está obligada a contratarme después de que haya sido contratado tras dos contratos temporales sucesivos.
Muchas gracias
Un saludo
Juan Manuel Herrera
Hola, recientemente una de las empresas para las que trabajé el año pasado me ha comunicado que me habían dado de alta y pagado un día de más el, cual no me correspondía, y ahora me piden la devolución de ese importe. Mi pregunta es si estoy obligado a devolverlo y cómo me afectará eso en la declaración de la renta de este año, me restarán ese importe de lo ganado el año pasado o debo tributar por él, qué sucede con alta de ese día, pueden hacer esto pasado tanto tiempo…? Muchas gracias por su tiempo, espero su respuesta.
Hola, firmé un contrato laboral por obra o servicio determinado con ETT (Randstad) el 12-05-16 trabajando desplazado en otra empresa y a día de hoy no me han comunicado nada, mi pregunta es si a partir del día 12-05-19 que se cumplen 3 años de la firma de contrato pasaría mi contrato a ser indefinido?.(El convenio que hace referencia el contrato es el de la empresa donde estoy desplazado trabajando).
En el caso de que a partir de esa fecha (12-15-19) pasara a ser trabajador indefinido por la ETT, a la hora de extinguir el contrato si es por parte de la empresa la indemnización seria de 20 días/año trabajado en lugar de los 12 días/año trabajado que me corresponderían por contrato por obra y servicio firmado en esa fecha? Gracias.
Llamé y la primera consulta es gratuita. Luego cobran. Pese a haber según el artículo 70 profesionales, no parece que abunden por allí
Hola tengo un duda laboral, no sé si me podéis responder.
Quería saber a cuanto se cobra (o la proporción en días libres) la hora extra en domingo. Para el Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid.
Gracias
Tengo una duda con mi finiquito. En él aparece el concepto de la indemnizacion y de las vacaciones no disfrutadas. Sin embargo, no aparece la parte proporcional de las pagas extras que pienso me deberian pagar por esos dias de vacaciones ya que si disfrutas las vacaciones,en la nómina de ese mes te pagan la parte de las pagas extras prorrateadas.
Deberían pagarme las parte proporcional de las pagas extras en el finiquito?
Gracias de antemano por la respuesta
Buenas tardes,
Mi nombre es Paula y me gustaría saber si me podéis asesorar ya que es mi primer trabajo “serio” estoy perdida y no quiero cometer errores y que me puedan engañar.
Os cuento mi situación, tengo un contrato de obra y servicio (el cuál inicié hace un año) con una ETT que da servicio para otra empresa, hasta aquí todo bien, el 1 de enero hubo una subrogación de la empresa inicial que se llamaba X a una nueva que se llamaba Y pero sin cambio de condiciones ni en el sueldo ni antigüedad ni vacaciones etc, todo el personal se subrogó por lo que prácticamente fue un cambio de nombre de la empresa.
Ahora bien, hoy a través de una llamada telefónica me han comentado que este domingo es el último día de servicio, y que tengo dos opciones:
– Ver si la nueva empresa que se hace cargo del servicio me subroga o no (y no me han comunicado que condiciones serían si las mismas manteniendo antigüedad etc o no), incluyendo además el riesgo de que al poco me echen porque quieran contratar su propio personal o traerlos de otras oficinas, que según ellos en otras ciudades ha pasado.
– Un nuevo contrato en la misma ETT ya que serían más horas semanales (ahora estoy a 30h y el nuevo sería de 40h) y para dar un servicio completamente diferente al actual para la misma empresa principal. Las condiciones laborales de este trabajo no son muy buenas, por lo que si no quedase más remedio lo aceptaría pero no es mi idea principal.
Ante esto he hablado con el jefe de la empresa principal a la cual da servicio la ETT, donde ya entregué hace tiempo el currículum pero no me pudieron contratar, al menos según ellos a pesar de estar interesados, porque hay un acuerdo entre la ETT y la empresa principal de no traspaso de trabajadores.
Entonces, he aquí mis dudas:
– ¿Que pasa si no acepto ni que me subrogue (si es que se puede, no es seguro) ni el nuevo contrato de trabajo que me proponen ya que ese nuevo servicio no me interesa? ¿La empresa me echaría con indemnización por el año trabajado + finiquito de las vacaciones que me quedan por disfrutar etc o bien puede la empresa echarme sin indemnización ni nada al no aceptar ninguna de las dos opciones que me da?
– ¿Por no aceptar ninguna de sus dos opciones podría considerarse (o la empresa exigirme de algún modo) que se considerase baja voluntaria en vez de que me echan porque ya no dan el servicio?
Mi interés es no aceptar ninguna de las opciones para poder volver a echar el CV en la empresa principal, cuyas condiciones laborales son mejores, pero tal como veo la situación, en la que hay una desinformación absoluta, quiero que me la estén queriendo jugar de tal modo que a mi oficialmente no me ha llegado ningún aviso por escrito diciendo que mi servicio para el cual yo estaba contratada termina y por tanto mi contrato se finaliza. Según me han dicho, también por whatsapp, pretenden que sigamos trabajando al menos de momento con el mismo contrato y mismas condiciones de horas pero haciendo un servicio totalmente diferente, por ejemplo, es como si yo hubiese sido contratada (y así refleja mi contrato) para ser cajera y al final como ya no hace falta me quieren poner a pintar la tienda. Mi miedo es que no me han avisado de finalización del contrato porque para no pagarme vacaciones+indemnización lo que quieren es que yo haga el nuevo servicio totalmente diferente con el mismo contrato y si no estoy de acuerdo que sea yo la que me vaya, pero claro al irme no podría aplicar al trabajo en la empresa principal para la cual actualmente trabajo a través de la ETT. ¿Puedo negarme, sin que se considere que me voy por voluntad, a hacer ese nuevo servicio el cual es totalmente diferente al que yo firmé en el contrato y el cual ya no sigue?
– Siendo un contrato de obra y servicio con un año de antigüedad ¿Me debería haber avisado la empresa con 15 días de antelación y por escrito de cuando acaba mi servicio?
Muchísimas gracias, me han dado un par de días para pensarlo y no quiero que me puedan engañar de algún modo, ya que mi interés es irme a la empresa principal pero tampoco quiero verme sin trabajo.
Soy trabajadora por cuenta ajena y quiero iniciar un negocio multinivel en Internet. Si cobró mis comisiones en forma de descuento en mis compras ¿he de hacerme autónoma?
Buenos días,
Somos una empresa dedicada a organizar viajes vacacionales para personas con discapacidad por lo que los monitores que contratamos prestan un servicio de 24 horas para poder asistir cualquier necesidad de los participantes durante todo el periodo que dure cada viaje.
Nuestra duda esta en como se puede distribuir esa jornada horaria ya que no serían 24 horas efectivas de trabajo,aunque sí posiblemente asistenciales, con los descansos correspondientes diarios, y por supuesto con alojamiento y comida incluido.
Agradeceriamos que nos informaran de como es la mejor manera para tratar las condiciones de trabajo, horario, distribución de jornada, registro horario, salario…
Gracias de antemano, un saludo
Hola.
Trabajo en una ETT para otra empresa. En el contrato, la ETT me asigna y vincula a un convenio, en concreto el de derivados del cemento, que es el que tienen la empresa a la que estoy asignado, pero luego, en el mismo contrato hay una cláusula en la que dice que estoy vinculado al convenio de las ETTs, que es mucho más precario y restrictivo, en cuestiones de permisos remunerados, que al que me asignan y vinculan inicialmente en el contrato.
Es esto legal? No es una cláusula abusiva?
Gracias!
Hola,
La empresa ha estado 7 meses sin abonarme y sin constar en nómina la parte proporcional de la extra cuando estoy de baja y el convenio si lo incluye.
He demandado Smac, que no se presentaron. He presentado demanda en el juzgado de lo social por cantidades, cambio de horario, con rescisión de contrato . El 11-12 tengo el juicio y hoy me han abonado lo que me debían.
Puedo seguir adelante con el juicio para la rescisión de contrato por los retrasos aunque me hayan pagado?
Gracias
Buenos dias,soy Joan,,nuestra empresa acaba de presentar un erte el martes 17 de marzo,faltaban 3 dias para la extra,este viernes 20 de marzo nos tocaba cobrar una de las pagas extras,tengo entendido que durante un erte no se cobran las pagas extras durante el periodo que dure,si nos reincorporamos mas o menos para finales de abril o junio,como queda esta paga extraordinaria pendiente,es decir cuando nos la tienen que pagar una vez reincorporados?
Gracias,un saludo
Por favor necesito que se contemple mi situación como caso excepcional, tengo derecho a recibir una ayuda. Me di de baja voluntaria en mi empresa para comenzar en otra pero esta no pudo contratarme debido al cierre por la alarma. Tengo cotizados 15 años, 2 hijos y un alquiler, igual q los q ko han cotizado tienen derecho yo porque no.