Para aquellos que quieren conocer más sobre el asunto de los derechos de las empleadas de hogar este artículo brinda la suficiente información. En primer lugar, las vacaciones son un derecho esencial para los empleados de hogar. Además, no es necesario que estos derechos estén plasmados en el contrato que se haya estipulado con el empleado.

De hecho, aunque el trabajador de casa sea interno, de tiempo entero o incluso de un lapso parcial, cuenta con el derecho a vacaciones. Por lo tanto, procederemos a informar lo más importante acerca de las vacaciones de la empleada de hogar.
¿En qué consiste las vacaciones de la empleada de hogar?
El empleado de hora cuenta con el derecho de disfrutar unas vacaciones por 30 días naturales, entre de un año natural. Es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, este lapso vacacional se disfrutará cada año.
Por otra parte, está prohibido reservar las vacaciones de un año, para con el otro. También, se prohíbe el no cumplirlas en año próximo. En caso de que se trate de un trabajador interno, este no puede ser obligado a ejercer algún tipo de encargo y tampoco a habitar el domicilio. Mientras, el empleado se encuentre en sus vacaciones puede hacer lo que plazca, incluso emplearse en otro lugar, esto no será un problema.
¿Quién se encarga de pautar las fechas vacacionales?
Para el buen funcionamiento de la relación entre el empleado y el contratista, lo mejor es que ambas partes lleguen a un acuerdo. De manera que, ambos deben pensar en sus necesidades por lo que es factible que una parte establezca los primeros 15 días. Mientras, que la otra puede elegir los 15 días que restan, de esta manera pueden beneficiar las necesidades de ambas partes.
Sin embargo, estas fechas no son de por vida, es decir que pueden variar después de concluir el primer acuerdo. Por lo tanto, el empleado de hogar debe avisar con dos meses de anticipación en qué momento piensa disfrutar de sus 15 días de vacaciones.
¿Qué pasaría en caso de que no se llegue a un acuerdo de vacaciones?
En cuestión, de que no se llegue a un buen acuerdo en relación al momento de establecer los lapsos de las vacaciones. La empleada puede acudir a un tribunal social, exponiendo una demanda, solicitando el momento en el que quiere hacer uso de sus vacaciones.
Este proceso legal se gestionará de una forma inminente y dominante, el veredicto que sea dictado por el juez, terminara con la controversia de forma rápida.
¿Pueden ser pagadas las vacaciones de la empleada de hogar?
En caso, de que una empleada no haya tomado sus vacaciones pueden ser indemnizadas con dinero. De igual manera, las vacaciones se toman cada año y si transcurre el año y aun no han sido tomadas y tampoco pagadas, el próximo año no pueden ser reclamadas. Eso quiere decir, que cuando termina un año natural el derecho de vacaciones expira.
Por otra parte, si el trabajo finaliza antes de que se hayan gozado las vacaciones, se deben acreditar, distribuyendo los días de la forma correspondiente. Por lo tanto, si al año, le conciernen 30 días de descanso, por tantos días, le pertenecerán esa cifra de días, multiplicados por el salario entre el diario. De esa manera, conocerá la cantidad que le incumbe.
Conocer los derechos de vacaciones es importante tanto para el empleador como para la empleada, ya que esto evitara problemas futuros. Es importante recalcar que sin importar el lapso de tiempo de que labora, sea completo, parcial o prolongado, se posee un tiempo de vacaciones de 15 días consecutivos.



Buenos días, yo estoy en un trabajo de media jornada 21 horas semanales en una casa, empese en octubre del 2018, y estuve trabajando hasta el día 17 de febrero porque tuve que ir de urgencia a bolivia mi país de origen, por motivo de salud de mi madre, llego a España el día 25-03 y llega el día 26 para incorporarme a trabajar y no me presento porque tengo mi rodilla inflamada de la pierna derecha, me diagnostican que tengo una trombocis, y hasta hoy en día estoy de baja médica, mi pregunta es me corresponde que me paguen el mes de vacasiones, y en la seguridad social me han dicho que el empleador tiene que pagarme del cuarto hasta el octavo día de la baja, no me han dicho más,