Fallo Arriola: tenencia de estupefacientes

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En Argentina es penado hacer uso de las drogas de manera personal, pero, luego de una serie de decisiones, se llegó al acuerdo de que el uso de drogas sin dañar a terceros es totalmente legal en dicho país. Para conocer un poco sobre Fallo Arriola: Tenencia de Estupefacientes, vamos a leer el siguiente artículo para tener mayor conocimiento respecto a este tema que causó fuertes repercusiones.


A man rolls a marijuana cigarette during a protest to fight stigmatization of marijuana consumption in Mexico City, Saturday, May 3, 2008 (AP Photo/Eduardo Verdugo)

Fallo Arriola

Se conoce como Fallo Arriola a una sentencia que da la corte suprema de justicia en Argentina, la cual tuvo lugar el día 25 de agosto del año 2005, la corte tachó de inconstitucional al artículo n° 14, que establecía la ley  23.735. La corte suprema llegó a la conclusión de que era inconstitucional dar un castigo a la persona que fuera mayor de edad por tener en su poder estupefaciente de uso personal, aunque muchos esperaban que esta ley fuera reformada.

Quienes consumían drogas, podían llegar a pasar 1 mes o 2 años en prisión, aunque en la mayoría de los casos era para dar algún tipo de tratamientos para evitar recaídas y que la persona dejara de consumir estas sustancias. Luego de los cambios que se realizaron a esta ley, se llegó a la conclusión de que ese artículo era inválido, ya que las personas mayores podían tener su droga siempre y cuando no se le ocasionara ningún daño a menores o a terceros.

Resultados del fallo

Durante el fallo de Arriola: tenencia de estupefacientes se pudieron resolver con éxito 5 casos por tenencia de drogas. Estas personas fueron arrestadas por agentes de la policía de Argentina mientras salían de una casa donde se sospechaba que se vendía los estupefacientes para el consumo personal. Estas personas fueron revisadas y en su poder no encontraron cantidades exageradas de sustancias, solo unos pocos cigarros y la mayoría eran de marihuana.

Se llegó a la conclusión de que se debía respetar la privacidad de la persona que quisiera consumir dichas sustancias y que esas 5 personas no debían arrestarlos porque incumplían el derecho a la privacidad del individuo. Muchos de los que participaron llegaron a estar de acuerdo en que el hecho de tener sustancias estupefacientes no hace del individuo un delincuente y mucho menos les está causando daños a terceras personas.

De esta manera, solo se sancionará a personas que consuman estas sustancias en lugares públicos donde se pueda afectar a otros, y se respetará a todo aquel que haga uso de la droga en privado.

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